En virtud de los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el procedimiento de Separación de Cuerpos, incoado por los ciudadanos Carlos Eduardo Ovalle Villaro y Yolimar Gómez, suficientemente identificados en esta sentencia, decide así:
PRIMERO: Declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos Carlos Eduardo Ovalle Villaro y Yolimar Gómez, plenamente identificados en la primera parte de esta decisión.
SEGUNDO: En tal virtud, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente, contraído por las partes en fecha 10 de Noviembre de 2007, por ante la Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia de Acta de Matrimonio Nº 416, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados.....