Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara: Primero: Negada la admisión del Merito Favorable de autos promovida en el escrito de promoción de pruebas; Segundo: Admitidas las pruebas documentales que rielan a los folios 34 al 43, ambos inclusive del expediente; Tercero: Admitidas las testimoniales de los ciudadanos JUAN ALBERTO VARELA AGUILAR, JOSE LUIS LÓPEZ FERNÁNDEZ, ALFREDO DANIEL PÉREZ, FABIAN FONSECA, RICHARD HERNÁNDEZ, FRANCISCO LEONARDO PEÑA, JOSE KHLIETFAT y CARLOS VISCONTI; y Cuarto: Admitida la prueba de Informes dirigida al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y negada la prueba de informes dirigida al Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda.