el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, intímese a la Sociedad de Comercio PROYECTOS CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS, COMPAÑÍA ANÓNIMA, (PROCOMAN, C.A), en la persona de su Administrador, Gerente y representante legal, ciudadano EDMUNDO RAMÓN FIGUERA YIVIRIN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Parcelamiento Miranda, Sector "A", Quinta NATISABEL, Cumaná, Estado Sucre, y titular de la cédula de identidad Nº V-2.922.217, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro de los Tres (03) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su intimación, a fin de que pague, acredite haber pagado o formule oposición dentro de los Ocho (08) días de Despacho, más Cinco (05) días continuos que se le conceden como termino de la distancia, los cuales correrán con prelación al termino antes señalado, siguientes a la constancia en autos .....