y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a la parte demandada a la Sociedad Mercantil GRUPO AMAZONIA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, en fecha 16 de Junio de 2.005, bajo el N° 74, Tomo 54-A., y BRYC´S PRINCIPAL, C.A., inscrita por ante el registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, el 18 de Abril de 2005, bajo el nro. 34, Tomo 31-A, en la persona de su Presidente ciudadano ROLANDO ARTURO MARQUEZ RAMOS, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 9.776.298 de este domicilio; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes, después de que conste en autos su citación, a dar contestación a la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA),