Se acuerda a favor del acusado JOSÉ ANTONIO GARCÍA, dijo ser titular de la Cédula de Identidad Nº 17.941.116, venezolano, natural de Carora Estado Lara, fecha de nacimiento 06-11-1986, edad 23 años, hijo de José Ramón Vásquez y Miriam García, estado civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, domiciliado en Calicanto, Urbanización Las Chalet, Avenida 7, Calle 26, casa Nº 1, a una cuadra del Abasto Maíta. Carora Estado Lara. Telf.: 0416-4730630, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de UN (01) AÑO, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las condicio.....