Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Violencia Contra las Mujeres del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida en contra del ciudadano {.........}, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-{............} venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.431.873, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica, Acoso y Hostigamiento y Amenaza, tipificados en los artículos 39, 40 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YAJAIRA REYES AGUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.262.684, de conformidad con .....