Este Tribunal, declara CON LUGAR, el amparo propuesto por MARIA INMACULADA MANZANO MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 9.931.940, asistida por la abogada SHIRLEY M. BRICEÑO G., Inpreabogado N° 84.974, en su condición de Procuradora de los Trabajadores del Estado Lara, contra MINI RESTAURANTE YEFERSON, por intermedio de su representante legal ciudadana SONIA COROMOTO TORRES, y como mandamiento de amparo, ordena que en forma inmediata, sea reincorporado a sus funciones, con el pago de salarios caídos, a la recurrente MARIA INMACULADA MANZANO MELENDEZ, en su lugar de trabajo, como COCINERA, en los términos establecidos por la providencia administrativa N° N° 882 de fecha 11 de diciembre de 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara.