CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República, por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 18.12.2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la acción mero declarativa de reconocimiento de unión concubinaria intentada por la ciudadana CARMEN MENDEZ, contra el ciudadano SLIEMEN YORDI EL KICHIN.
TERCERO: REVOCA, la sentencia de fecha 18.12.2012, dictada por.....