En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en divorcio realizada por los ciudadanos, CARLOS ENRIQUE BATISTA ANDRADE y KARELIS COROMOTO GONZÁLEZ LÓPEZ, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.954.795 y V-16.631.434, respectivamente y, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y al que antes se hizo referencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, Veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Fede.....