Una vez admitida la acusación y los medios probatorios, se impuso a los acusados de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, como lo son el Principio de Oportunidad, los Acuerdos Reparatorios y sobre la Suspensión Condicional del Proceso, y del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, explicándoles detalladamente en que consistían cada uno de ellos, indicándole la improcedencia de los mismos por cuanto hace menos de 3 años hizo uso de la Suspensión Condicional en el asunto KP11-P-2008-649, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 43 con vigencia anticipada del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando su voluntad al expresar lo siguiente: "Me voy a juicio, es todo"
TERCERO: Una vez escuchada la declaración del acusado, se acuerda el enjuiciamiento oral y público del ciudadano OSWALDO JAVIER PERNALETE GONZALEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.921.767, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y.....