Finalmente debe reseñarse, que el representante del Ministerio Público Dr. Tomás Enrique Guite Andrade, luego de haber sido notificado, compareció por ante este Juzgado Superior el día 12 de noviembre de 2013 sin objetar en forma alguna la presente solicitud de exequátur, y manifestó la procedencia de la misma.
Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este sentido, fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio proferida en fecha 15 de junio de 2000, por la Corte Suprema del Condado de Cobb, Georgia, Estados Unidos de América, que declaró disuelto el matrimonio contraído entre el ciudadano WILLIAM ANDREW DUNKEY y la ciudadana LENA AMBER MC GAHEE, ambos de nacionalidad norteamericana y mayores de edad, ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.