Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos CARLOS EDUARDO OLIVEROS PRINCE y YENNIS MARIA GARCIA NAJERA, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.796.381 y E-81.936.533 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha nueve (09) de Julio de 1997, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Federal hoy día Distrito Capital, asentada bajo el acta Nº 74, folio 74, del Libro de Registro Civil correspondiente, del año 1997. En cuanto al niño (Se omite su identificación según lo dispuesto.....