Se DECLARA la CONVERSION EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos MARÍA CAROLINA SEIJAS SEQUERA Y JAIME ALEXIS QUINTERO RANGEL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.713.326 y V-10.829.757 respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía desde el día 14 de Octubre de 2006, fecha en que contrajeron matrimonio por ante el Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
El Tribunal no emite pronunciamiento sobre hijos, por cuanto no consta en los autos su existencia y respecto a los bienes liquídese la Comunidad conforme a lo acordado por los cónyuges en su escrito de solicitud. Así se decide.