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Decisiones del dia 28/02/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-N-2011-000101 N° Sentencia : Fecha: 28/02/2012
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD YACAMBÚ VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA "JOSE PIO TAMAYO".
Resumen:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Se declara CON LUGAR La Demanda de nulidad interpuesta por la Sociedad Civil UNIVERSIDAD YACAMBÚ, contra la Providencia Administrativa Nº 01391, que cursa en el expediente Nº 005-2009-01-002491, de fecha 31/08/2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara "JOSE PIO TAMAYO", mediante la cual se declara Con Lugar el reenganche y pago de salarios caídos intentada por la ciudadana FELIDA ROSA YANEZ CADEVILLA, en consecuencia se declara nulo de nulidad absoluta la providencia señalada así como las demás actuaciones administrativas que generen consecuencias derivadas de la misma. Así se decide.
Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-N-2011-000454 N° Sentencia : Fecha: 28/02/2012
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
FARMACIA LA REDOMA, C.A. VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO JOSÉ PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA
Resumen:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE: Inadmisible la demanda de nulidad de efectos particulares, interpuesta por la sociedad mercantil FARMACIA LA REDOMA, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia administrativa Nro. 1286, de fecha 30 de octubre de 2009, dictada en el expediente signado Nº 005-09-06-000319, emanada de la Inspectoría del Trabajo José Pío Tamayo del Estado Lara, en procedimiento Sancionatorio de Multa por Bs. 30.960,00, impuesta a la sociedad mercantil FARMACIA LA REDOMA, C.A., ante la Conducta omisiva del actor como carga procesal. Así se decide.
Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-N-2011-000869 N° Sentencia : Fecha: 28/02/2012
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
FUENTE DE SODA Y RESTAURANT LA NOVA 74 S.R.L VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA JOSÉ PÍO TAMAYO
Resumen:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Se declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil FUENTE DE SODA Y RESTAURANT LA NOVA 74, S.R.L, contra la Providencia Administrativa Nº 00759, de fecha 12/09/2008 emanada de la Inspectorìa del Trabajo de José Pío Tamayo del Estado Lara, en consecuencia se ratifica la legalidad del contenido de la misma. Así se decide-
Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-L-2010-001898 N° Sentencia : Fecha: 28/02/2012
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
VICTOR FRANCISCO SUAREZ VS. ESTACION DE SERVICIOS SAN LUIS EL PESCADITO Y OTRAS
Resumen:
Este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN invocada por la defensa de las codemandadas 1.- ESTACION DE SERVICIOS SAN LUIS EL PESCADITO, 2.- LUISA ZAMBRANO, de conformidad con el artículo 135 de la Ley adjetiva del Trabajo.
Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
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