Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida en fecha en fecha 22 de junio de 2011, por el abogado Ramón Alberto Pérez Torres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.278, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BENITO ESCOBAR QUIJADA, titular de la cédula de identidad Nº 10.582.636, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, de fecha 1º de marzo de 2011, mediante el cual declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra el INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA "SIMÓN BOLÍVAR". 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3.- CONFIRMÓ la sentencia apelada. Ordenó remitir el expediente al Tribunal de origen.