Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION de fecha 27 de abril de 2022, efectuada por la parte demandante ciudadano REINALDO RAFAEL TROMPIZ CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.499.394, de este domicilio, representado por sus apoderados judiciales LUIS MARTIN DELGADO NIÑO y VICTOR ALFONSO ROMAN ACOSTA, inscritos en el INPREABOGADO bajos los respectivos Nros. 297.554 y 141.841, de este domicilio, contra la ciudadana MARYOLI OMAIRA FERNÁNDEZ MONTAGNO, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.831.761, de este domicilio asistida de la abogada MERY LISBETH LUGO LÓPEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 61.411, de este domicilio y se.....