´III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano ALBERTO ANTONIO OJEDA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria con Fuerza de definitiva, dictada en fecha 26 de enero de 2024, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Mariara, que declara inadmisible la demanda.
Notifíquese a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Se condena en costas procesales a la parte demandante, en razón de haber resultado confirmada .....