Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, corrige de oficio la sentencia antes referida, dictada por este Órgano Jurisdiccional, toda vez que, donde se lee: "(...) Ordena REMITIR el expediente a la Corte de Apelaciones en lo Penal en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas, a los fines de que dé cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.(...)" debe leerse del modo siguiente: "(...) Ordena REMITIR el expediente al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del estado Amazonas, a los fines que dé cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.(...)". Asimismo, donde se lee: "(...) Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. (...)", debe leerse del modo siguient.....