Se declara sin lugar la querella funcionarial intentada por el ciudadano José Emidio Alarcón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.294.975, domiciliado en el Municipio Valera del Estado Trujillo, representado judicialmente por la abogada Mayrobis Quijada, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 28.895, en contra del Estado Trujillo, por intermedio del acto administrativo contenido en la Resolución Nº F-003-2004 dictada por la Dirección General de Seguridad de la Gobernación del Estado Trujillo en fecha 14 de febrero de 2004, notificada al recurrente el 17 de febrero de 2004, cuya representación ostentó el abogado Ranier González, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.289, quien actuó como apoderado sustituto de la Procuraduría General del Estado Trujillo.