Este Tribunal HOMOLOGA dicho Desistimiento del Procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y tal como fue solicitado se acuerda la devolución de originales insertos del folio cuatro (04) hasta el folio (29) ambos inclusive. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.