En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se REVOCA y por consiguiente se LEVANTA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 27 de octubre de 2014 sobre el inmueble el inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el Nro. 7-3-G, tipo G, situado en el Conjunto Residencial Valles del Nogal Primera Etapa, situado en un lote de terreno denominado LOTE 1, que forma parte de la Finca San Antonio, del sector el Polvero, en jurisdicción del Municipio San Diego del estado Carabobo, identificado con la ficha catastral con el Nro. 2008-0899, Código Catastral 08-12-01- U01, de fecha 20 de abril de 2010, expedida por la Alcaldía del Municipio San Diego del estado Carabobo; cuyos linderos y medidas generales del edificio c.....