En atención a los fundamentos de Hecho y de Derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión. Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 561, literal e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, donde aparece como imputado el adolescente OMISSIS; por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el 83, ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano ALCIDES JOSÉ CAMPOS BONILLO (Occiso), Venezolano, de 38 años de edad, para la época del suceso, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, natural de Caripito Estado Monagas, hijo de Manuel Campos y Luisa Bonillo y residenciado en el Barrio Brisas Del Carmen,.....