Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) horas al penado, LENIN JOSE DUARTE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No 19.886.015. Quien deberá darle uso favorable y adecuado por su comportamiento individual, comunal y social; debe cumplir las siguientes condiciones: Mantenerse en su lugar de residencia; no consumir bebidas alcohólicas y psicotrópicas, no portar armas, no andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (fiestas, locales nocturnos, ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas patronales; mantenerse con su grupo familiar de apoyo en la dirección de pernocta: Barrio San José, Carrera 12, entre calles 8 y 9, casa No- 8-22, Barquisimeto, Estado Lara. De violentar una de las recomendaciones será considerada como causal.....