este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito judicial de Protección de Niños Niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE EN DIVORCIO la separación de cuerpos solicitada, y en consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos CESAR AUGUSTO DURAN CHAVEZ e YVIAN DEL CARMEN BELLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.615.524 y V- 12.023.989, respectivamente, en fecha 25 de enero de 2002, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el Nro.21, folio 21 fte, del libro de Matrimonio llevados por ante ese despacho durante el año 2002.
En lo concerniente a la protección de los niños CESAR AUGUSTO Y YOSELYS CRISTINA, se establece que:
1.- El padre CESAR AUGUSTO DURAN CHAVEZ, suministrará la Ob.....