Decisiones del dia 29/04/2008
N° Expediente :
KP02-V-2008-00481
N° Sentencia :
409
Fecha: 29/04/2008
Procedimiento: Entrega Material
Partes: DEMANDANTE: AURA ROSA ROSALES DUARTE, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LAS CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 3.904.858;DEMANDADA: MOREYDA JOSEFINA NARANJO DE LUCENA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 5.247.253.
Resumen:
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la cuestión previa opuesta con base al artículo 346.7 del Código de Procedimiento Civil.
2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte opositora de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida en esta incidencia.
3. PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO POR FALTA DE PAGO intentada por AURA ROSA ROSALES DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. 3.904.858, contra MOREYDA JOSEFINA NARANJO DE LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.247.253.
4. SE ORDENA a la parte demandada entregar el inmueble ubicado Barrio Andrés Eloy Blanco, en la calle 6 entre carreras 6 -A, .....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-R-2008-000154
N° Sentencia :
Fecha: 29/04/2008
Procedimiento: Regulación De Competencia
Partes: WILLIAN ADOLFO DUNO COLINA CONTRA JEANETTE BRIGANTI RODRÍGUEZ
Resumen:
DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la regulación de competencia solicitada por la Abogada Marielita Idrogo, Apoderada Judicial de la parte actora. En consecuencia, se CONFIRMA el auto dictado en fecha 01 de marzo de 2008, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Sala N° 3, donde declinó la competencia en el Juzgado del Municipio Palavecino del Estado Lara.
Queda así CONFIRMADO, el auto apelado.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, a los fines legales consiguientes.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respec.....
Juez/Ponente:
Saul Dario Melendez Melendez
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil