En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE recurso de apelación interpuesto el 08 de abril de 2011, por la abogada GLADYMAR PRADERES C., Defensora Pública Penal Cuadragésima Octava, en su condición de defensora de los ciudadanos JOSÉ ELIAS RODRÍGUEZ MUNDARAIN y ALLAN NOEL MACHADO DUARTE, titulares de las cédulas de identidad Nos 20.221.394 y 19.885.800, respectivamente, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 01 de abril de 2011, por el Juzgado Quincuagésimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó a los referidos ciudadanos medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y .....