En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha 15 de febrero de 2013, la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, PEDRO J. SANCHEZ MATA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.288.115; contra la firma mercantil, de este domicilio, COMERCIALIZADORA SANTA AVICOLA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de junio de 2004, bajo el N° 3, tomo 928-A; y contra, JOSE U. ZAMBRANO GUERRERO, may.....