DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; a tenor de lo dispuesto en el artículo 230 del COPP, DECLARA: PROCEDENTE, la solicitud incoada por la Abogada YOLEIDA RODRÍGUEZ, Defensor Público Décimo Segunda Penal Ordinario, Extensión Barquisimeto, del Estado Lara, con tal carácter de la imputada, ciudadana CARMEN YULIMAR BRACA SISO, C.I. omitido, a quien se procesa por la presunta comisión de delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. CESA LA MEDIDA CAUTELAR.
Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintinueve 29 días del mes .....