DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Profesional del Derecho YULLION A. VEGA, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano SALOME BERNARDINO REPOSA MENDOZA, en contra de la decisión dictada en Audiencia Oral de Presentación del Imputado, llevada a cabo por ante el Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de Mayo de 2011, mediante la cual se decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1, 2 y 3 en relación con el artículo 251 ordinales 2 y 3 y Parágrafo Primero y artículo 252 ordinal 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de.....