DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITIR, conforme al artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el abogado MILKAR GONZALO BECERRA MARTINEZ, Defensor Público Penal Centésimo Décimo Segundo (112°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación de los ciudadanos GILBERTO ANDERSON QUIROZ LUGO, HÉCTOR JOSÉ BARRETO RODRIGUEZ Y LUIS ALBERTO YANEZ, en contra de la decisión de fecha 06 de Abril de 2016, dictada por el Juzgado Quincuagésimo Primero (51º) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los referidos ciu.....