PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional propuesta por los abogados Enrique Sabal y Jaime Sabal, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 37.716 y 73.898, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de Supercable Alk Internacional S.A., contra la decisión de fecha 21 de julio de 2010, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolita de Caracas, que decretó medida cautelar de embargo sobre bienes muebles hasta por la cantidad de BsF. 115.846.877,29 contra la accionante en amparo.-
SEGUNDO: SE ANULA la medida cautelar de embargo de bienes muebles decretada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de caracas, de fecha 21 de julio de 2010, en el Juicio seguido por Quantek Master Fun Spc Ltd. contra Supercable Alk Internacional S.A. ambas plenamente identificadas.....