En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la CURATELA de el ciudadano JOSÈ BELMAN BRAVO GARCIA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 6.375.631.
Se nombra CURADOR al ciudadano IGNACIO ARISTOBULO BERMUDEZ GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.404.358, y de este domicilio, quien comparecerá ante este tribunal a prestar juramento de ley. Advirtiéndosele que de conformidad con los Artículos 414 y 507 del Código Civil, una vez que acepte el cargo y preste el juramento de Ley deberá registrar su discernimiento en la Oficina de Registro Público del domicilio de la entredicha, dentro de los quince días a contar de la fecha en que entre en función, e igualmente a partir de dicho lapso deberá ser publicado el presente decreto judicial en el Diario "EL INFORMADOR". Una vez cumplidas estas actuaciones deberán ser agregadas al presente e.....