este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: JOSE MERCEDES SEQUERA PEREZ a su esposa ciudadana: GERALDA MERCEDES TORRES DE SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-7.989.600, y a sus hijos: JOSE LUIS SEQUERA TORRES, ANGELO JOSUE SEQUERA TORRES Y JUNIOR ELIXANDER SEQUERA TORRES, titulares de las cedulas de identidad Nº V-18.135.383, V-19.241.821, V-27.761.722 respectivamente. Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada mecanografiada y devuélvase original con sus result.....