Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 21 de enero del 2003, por la abogada GELU POTOTSKY, en su carácter de apoderada judicial del accionado, , contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada el 03 de diciembre del 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: LA NULIDAD DE TODAS LAS ACTUACIONES contadas a partir del 25 de julio del 2002, inclusive, fecha del desistimiento, hasta la sentencia interlocutoria dictada el 03 de diciembre del 2002, inclusive, que declaró el decreto de intimación como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA AL ESTADO en que se encontraba en suspenso, antes .....