DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, impone Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad en contra de los ciudadanos JESUS MIGUEL TORRES C.I V- 19.572.889, por la presunta comisión de " LESIONES PERSONALES GENERICAS CALIFICADAS", previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, quedando en consecuencia obligado quedara bajo la vigilancia del Instituto Militar Universitario de Tecnología fallecido Martin Bastidas Torres, en la Cuarta Compañía, con sede en la ciudad los Teques, Estado Miranda, Todo ello de conformidad con los ordinales º2, del articulo 256 del Código Orgánico Procesal. Ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal ordinario a tenor de lo establecido en el artículo 280 ejusdem. Regístres.....