III
DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el presente Recurso de Hecho interpuesto por la abogada la ciudadana LUISA OMAIRA CHACON DE PÉREZ, asistida por el abogado ADOLFO ORTEGA, en contra de la decisión dictada el 10 de abril de 2007 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la apelación ejercida el 22 de marzo de 2007, en el juicio de partición incoado por los ciudadanos MANUEL RICARDO PÉREZ PÉREZ y LUIS EDUARDO PÉREZ GONZÁLEZ en contra de la mencionada ciudadana;
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto del 10 de abril de 2007 proferido por el A-quo, en cuanto a la denega.....