En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido el abogado Franklin Amaro, apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 02/03/2006.
SEGUNDO: CON LUGAR el cobro de diferencia de prestaciones sociales incoado por el ciudadano David Ramón Mujica contra la Sociedad Mercantil Dell Acqua C.A, ambos plenamente identificados en Autos.
TERCERO: Se ordena a la Sociedad Mercantil Dell Acqua C.A, que pague al ciudadano David Ramón Mujica, identificado en autos, la suma de Cinco Millones Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Setenta y Cuatro Bolívares con Ochenta.....