Por las razones antes expuesta, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la parte in fine del articulo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 23, 120 ordinal 3ero, y 118 todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la PRORROGA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 21 de Enero de 2008, al ciudadano CARLOS ALBERTO MONASTERIOS MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 2.673.290,, y a su núcleo familiar, domiciliados en la Urbanización La Marina de Playa Grande, Calle N° 06, casa N° 13, Color blanca con Ribeles Verdes, el frente con C.....