este tribunal, administrando Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo pautado en el Artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, signada con el No. GVO1-D-2003-230 (3C-2798-03), en la que aparece como imputado en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, tipificado en el artículo 415 del Código penal; el ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA). Notifíquese a las partes.