Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de partición, planteada por la ciudadana MARGARITA COROMOTO RODRÍGUEZ ANGARITA, contra los ciudadanos JESÚS ANTONIO CLARET RODRÍGUEZ ANGARITA y ALEJANDRO JOSÉ RODRÍGUEZ ANGARITA, plenamente identificados en el encabezamiento de la decisión.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración, ORDENA LA PARTICIÓN del bien inmueble constituido por una parcela y su casa, con un área de cuatrocientos cincuenta y tres metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados, situado en jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del estado Miranda, en la zona A del parcelamiento Sorokaima, distinguida con el No. 222, en el plano de dicha zona A y alinderado así: Norte: la aven.....