Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, Extensión Barquisimeto, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: NIEGA POR IMPROCEDENTE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado TORREALBA MARCOS ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.430.059, Venezolano, natural de Quibor, Estado Lara, de 21 años de edad, nacido el 28/10/88, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Chofer, grado de instrucción: 8º grado, hijo de Carmino Gutiérrez y Maria Torrealba, domiciliado en José Amado Rivero, Sector 1, Vereda 1 entre calles 15 y 14 Casa S/N, Quibor Estado Lara, teléfono 0253/6544434, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS .....