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Decisiones del dia 31/05/2023

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2010-000110 N° Sentencia : PJ020230059 Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL ROMI RAICES C.A., CONTRA KAREN MARIANA SILVA CACERES
Resumen:
-IV- DISPOSITIVA Agotado el examen del material defensivo aportado por los apoderados de la parte demandada, es de concluir que al no haberse destruido la presunción grave del derecho reclamado por la actora, la demanda con la que se inició estas actuaciones debe prosperar y así se decide en conformidad a lo que se establece en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la Sociedad Mercantil ROMI RAICES C.A., contra la ciudadana KAREN MARIANA SILVA CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.965.865, ya identificados en el cuerpo de la presente decisión. SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la parte demandada, antes identificada, a entregar a la actora el inmueble constituido por una oficina signada con el N° 13, piso 3, del edificio LA PAZ, ubicado en l.....
Juez/Ponente:
Angela María Marcano Cali
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-F-V-2022-000417 N° Sentencia : PJ020230060 Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
REINA JOSEFINA PINEDA DE RODRIGUEZ CONTRA ELDER LEÓN BOERR RIVERO
Resumen:
Ahora bien, el artículo 212 del eiusdem, establece que en cuanto a la nulidad de los actos, previa solicitud de parte o no, y siempre que se quebranten leyes de orden público, es de obligatorio cumplimiento para el juez decretarla cuando se haya dejado de cumplir en el acto alguna formalidad esencial para su validez, tal como lo prevé el artículo 206 eiusdem, no obstante, que la consecuencia de la declaración de nulidad de actos, es retrotraer la causa al estado de corregir tal circunstancia procesal. En tal sentido, de conformidad a las normas legales referidas, este Juzgado repone la causa al estado de que el ciudadano ELDER LEÓN BOERR RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.333.449 de CONTESTACIÓN a la demanda una vez conste en autos la última de las notificaciones que de las partes se haga. En consecuencia, se declara la nulidad de los actos realizados con posterioridad al día 27 de septiembre de 2022. Así se declara. .....
Juez/Ponente:
Angela María Marcano Cali
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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