En consecuencia, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva), sigue la Sociedad Mercantil CONDOMINIOS SAEZL, C.A., en su carácter de Administradora del Condominio del Edificio "ROMAR II", contra la ciudadana ALICIA GONZÁLEZ DE PÉREZ y en consecuencia se ordena a los demandados a:
PRIMERO: Pagar de la cantidad de la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.1.609.384,00), por concepto de CINCUENTA Y CUATRO (54) Recibos de Condominios vencidos y no pagados, correspondiente a los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre del año 2000, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre del año 2.001, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto Sep.....