Ahora bien, en fecha 26 de Octubre de 2006, compareció ante este Tribunal la ciudadana NUBIA ELENA RIOS MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 7.457.884, asistida por el abogado YELITZA ARAUJO, inscrito en el IPSA bajo el No. 56.981, y expuso mediante diligencia: "...Desisto del procedimiento que tengo instaurado en el asunto KP02-S-2006-18191, contra la Alcaldía del Municipio Urdaneta del Estado Lara..." Este Tribunal luego de haber visto que la ciudadana NUBIA ELENA RIOS MEDINA, ya identificada, voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por CALIFICACION DE DESPIDO, acuerda homologar el desistimiento presentado. Así lo declara.