este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN presentada por el abogado EDUARDO JOSE MEDINA GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.771, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH DEL CARMEN RAMOS DE VILLASMIL, supra identificados, y en consecuencia decide:
ÚNICO: En el acta de defunción correspondiente al ciudadano EULOGIO RAMOS ARCHE, levantada ante el Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 1396 del año 2015, donde se omitió la identificación de cinco (5) de los hijos, razón por la cual en el renglón "E" relativo a los "Datos Familiares", en la sección de identificación de "Hijos e Hijas del Fallecido (A)", debe .....