Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: su competencia para conocer de la consulta de ley de la decisión de fecha 25 de septiembre de 2014, dictada por el Juzgado a quo, que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana YELIBE CHACON DE MARCANO, contra los Actos Administrativos distinguidos DDPG-2013-404 y DDPG-2013-451, de fechas 25 de abril y 30 de mayo de 2013, emanados de la DEFENSA PÚBLICA, mediante los cuales se removió y retiró a la recurrente del cargo de Defensora Pública. Se REVOCÓ el fallo consultado, se declaró parcialmente con lugar, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto. VÁLIDOS los Actos Administrativos impugados. Se ORDENÓ pagar por concepto de indemnización la cantidad de dinero equivalente a los sueldos dejados de percibir y demás beneficios laborales que no impliquen la prestación efectiva del servicio, desde el 30 de mayo de 2013, hasta el 12 de julio de 2013.