mediante el cual ambas partes llegan a un Convenimiento en el presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, y por cuanto el Convenimiento celebrado no es contrario al orden público, ni a la moral, ni las buenas costumbres, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION. Y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así mismo se ordena levantar las MEDIDAS DE EMBARGO Y DE PROHIBICIÓN DE ZARPE decretadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Trabajo, Transito y de Estabilidad Laboral de este Primer Circuito Judicial, con oficios Nros 535-03 y 534-04 de fechas 29-09-2003, y 21-10-2003, respectivamente, y se oficie lo conducente a los Depositarios Judiciales, así como a la Capitanía de Puertos de Sucre.-Se ordena la paralización del presente juicio, tal como fue solicitado por las partes, hasta tanto no haya sido cumplido el convenimiento en su totalidad.- líbrense oficios.