En consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Reformado el Cómputo de pena, dictada en contra del penado WLADIMIR JOSÉ LOZADA CARREÑO, venezolano, natural de Puerto cabello estado Carabobo, nacido en fecha 28-03-82, de 27 años de edad, cédula de identidad Nº 15.642.092, estado civil soltero, grado de instrucción: Tercer semestre de Administración, en la universidad Fermin Toro, de Oficio estudiante, hijo de Gladis Alcira Alfonso Carreño y Manuel Ramón Lozada, domiciliado en la urbanización Rancho Grande, casa Nº 67, de Puerto Cabello, estado Carabobo, Teléfono: 0424-5089910. Condenado a Cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en condición de COAUTOR, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con lo establecido en el artíc.....