Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por desafecto 1070, presentada por el (la) ciudadano (a): YULIMAR BRAVO SIRIT, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-9.521.878, domiciliada en la Urbanización Independencia, 1 etapa, calle 2, casa Nº 10, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HILARIO R TOYO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedul.....