La Corte se declaró COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta. CON LUGAR la referida apelación. ANULA la sentencia del 18 de septiembre de 2003, dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE el amparo constitucional ejercido por la parte actora. PROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional intentada. ORDENA a la empresa ITALCAMBIO C.A. (19 ASESORES GENERALES), dar cumplimiento inmediato a la Providencia Administrativa N° 33/03 de fecha 20 de febrero de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS, so pena de incurrir en desacato de la autoridad.